Un murciano pega a un agente por pedir un control de alcoholemia cuando practicaba sexo en el coche

sexo-en-un-cocheUn vecino de Yecla deberá abonar una multa de doce meses, con una cuota diaria de dos euros, por pegar a un agente de la Policí­a local con el que se sintió molesto por haber interrumpido las relaciones sexuales que mantení­a con su novia en el interior de un coche para hacerle a ella la prueba de alcoholemia.

La sentencia indica que no es descartable la versión ofrecida por la pareja de que fueron sorprendidos en pleno acto sexual, «pues el propio agente reconoció en el juicio que el acusado lo que pretendí­a era que dieran tiempo a la mujer para que se vistiera».

El tribunal, que tiene como ponente a la magistrada Marí­a Poza, ha revocado la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Murcia, que condenó al denunciado a un año de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad y a treinta dí­as de multa, con una cuota diaria de cuatro euros, por una falta de lesiones.

El juez consideró probado que el acusado propinó un puñetazo en el pecho y una patada en un muslo en el transcurso de los incidentes ocurridos el 15 de octubre de 2009 en la carretera que une Yecla (Murcia) con Almansa (Albacete), en el lugar en el que la pareja habí­a estacionado el vehí­culo.

Frente a esta resolución del Juzgado de lo Penal, la Audiencia, en una sentencia que está plagada de crí­ticas a la misma, condena al denunciado, por un delito de resistencia, con la atenuante de embriaguez, a seis meses de prisión, que son sustituidos por doce meses de multa, con una cuota diaria de dos euros, eliminando la falta de lesiones.

El tribunal sustituye el relato de hechos probados que fijó el juez por otro en el que se admite que el acusado, tras quejarse a los policí­as locales por su actuación, les dijo que ‘con ese uniforme os creéis muy chulos’, para añadir que «en circunstancias no del todo aclaradas, se dirigió repentinamente a uno, al que lanzó un puñetazo en el pecho y una patada».

La Audiencia le da tres meses de plazo para hacer frente al pago de la multa y mantiene la condena al pago de 150 euros de indemnización al agente, «salvo que renunciare el perjudicado».

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