El concursante cura de «Gran Hermano 12+1» suspendido como cura

cura gran hermano molinaEL SUPERIOR DE SU ORDEN RELIGIOSA LE PROHIBIí“ QUE PARTICIPARA
Suspendido a divinis el sacerdote que participa en la actual edición de «Gran Hermano» en Tele 5
El P. Luis Carlos Araujo Moraes, superior general de los Misioneros del Sagrado Corazón, en una nota fechada en Roma el 19 de diciembre, ha declarado la suspensión a divinis del P. Juan Antonio Molina Sanz, MSC, debido a su participación en la actual edición el programa «Gran Hermano» retranstimido por Tele 5. El P. Araujo pidió expresamente al sacerdote suspendido que no accediera a formar parte de los concursantes de dicho programa, advirtiéndole de las consecuencias que tendrí­a su desobediencia…

A continuación posteamos el contenido de la noticia anunciado en infocatolica.com:

«(InfoCatólica) El decreto de suspensión ha sido publicado en la web de la archidiócesis de Barcelona:
DECRETO DE SUSPENSIí“N A DIVINIS
Del P. Juan Antonio MOLINA SANZ, MSC
Después de haber constatado que el Padre Juan Antonio Molina Sanz ha expresado su voluntad de participar en le programa televisivo €œGran Hermano€ en contra de una orden explí­cita de su Provincial, el P. Wilfredo Arribas Sancho, MSC,
Y después de haber informado al P. Juan Molina por medio de su Provincial y directamente por correo electrónico de los efectos negativos que esta participación podrí­a tener para él mismo, para la congragación y para la Iglesia,
El que suscribe, Superior General de la Congregación de los Misioneros del Sagrado Corazón,
Con el consentimiento del Consejo General
Reunido el 19 de diciembre de 2011 a Roma,
Declaro al P. Juan Antonio Molina Sanz €œsuspendido a divinis€.
Por esta pena le está prohibido:
€¢ Todo trabajo pastoral por los fieles
€¢ La celebración pública de la Eucaristí­a y la predicación a los fieles
€¢ Confesar a los fieles
Esta pena tendrá efecto desde el momento en que el P. Juan Molina desobedezca la orden de su Provincial y participe en la programación del programa televisivo. Es una sanción temporal que tiene como finalidad de suscitar en el P. Molina un deseo sincero de cambio y conversión. Ella durará hasta que sea oficialmente revocada por decreto contrario.
El P. Molina fue informado que los efectos de esta pena quedan suspendidos cada vez que sea necesario de atender a los fieles en peligro de muerte según el Canon 1335.
Suplicamos a las autoridades eclesiásticas y sobre todo a los obispos más implicados que vigilen para que el P. Molina respete este decreto en el espí­ritu en que fue dado, es decir, para la protección de los fieles y en vista de su propia conversión.
Dado a Roma el 19 de diciembre de 2011
Mark McDonald, MSC
Superior General
Luis Carlos Araujo Moraes, MSC
Secretario General»

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.